¿Trabajarás el 1 de mayo? Entérate cuánto deberás recibir si lo haces
El gerente legal de la Cámara de Comercio Lima, Víctor Zavala, explicó al diario El Peruano que al ser este 1 de mayo un domingo, los trabajadores deberán percibir una remuneración diaria por el descanso semanal y otra por el feriado, de acuerdo al artículo 9 del DS N°012-92-TR.
El pago percibido en este día se calcula dividiendo entre 30 el total del remuneración mensual que recibe el trabajador.
La persona que trabaje ese día de descanso deberá recibir una remuneración por el descanso semanal, más otro pago por el feriado y otra remuneración doble por laborar el 1 de mayo. En total son 4 remuneraciones de pago por día según lo dispuesto en D. Leg. N° 713.
El especialista César Puntriano, director del Área Laboral de PwC, explicó con este ejemplo práctico al portal gestion.pe.
Si un trabajador gana mensualmente S/1,500, percibirá S/1,500 + S/50 = S/ 1,550.
En cambio, si esta persona trabaja el feriado 1 de mayo, ganará S/.1,500 + S/.50 + S/.100.0 = S/.1,650.
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